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La definición de licencia turística y su importancia

Una licencia turística es un documento obligatorio para el propietario de una vivienda que actúa como permiso administrativo que autoriza el uso de la vivienda como alojamiento vacacional. La licencia conlleva que el alojamiento cumple con los estándares de calidad, seguridad y servicios establecidos por la legislación vigente.

La licencia de alquiler vacacional, además de ser una obligación legal, actúa como un derecho de los propietarios a tener protección frente a posibles sanciones y da confianza a los huéspedes, asegurándoles una experiencia satisfactoria. Es también una herramienta eficaz para evitar la competencia desleal.

Independientemente de la plataforma que se utilice para comercializar el alquiler vacacional, es necesario contar con la licencia turística correspondiente. Los anuncios deben incluir el número de registro para demostrar que cumple con la normativa vigente.

Alquilar sin la licencia turística requerida puede suponer multas de hasta 60.000 euros. Incumplir con esta obligación se considera una infracción grave.

Regulación y normativa del alquiler vacacional

Las competencias sobre los alquileres vacacionales en muchos de sus aspectos no son regulados por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) sino que están delegadas en las CCAA, con normativas concretas, debido a sus características peculiares de este tipo de alojamiento en cada territorio.

El gobierno, con la intención de poner coto al alquiler vacacional y la proliferación indiscriminada de pisos turísticos, está reformando la Ley 49/ 1960 de Propiedad Horizontal para conseguir que los pisos turísticos necesiten la aprobación expresa de 3/5 de la comunidad de vecinos y propietarios.

Requisitos a cumplir por las viviendas de uso turístico

- Uso exclusivo como alquiler temporal para estancias menores a un mes (o dos meses según la comunidad autónoma). 
- Estar amueblada y equipada para su uso inmediato.
- No ser la vivienda habitual.
- En caso de existir comunidad de vecinos será necesaria la aprobación del uso turístico de la vivienda por al menos 3/5 de los propietarios de la comunidad.
- Uso de plataformas en línea para su comercialización.
- Comercialización a cambio de un precio.

Aspectos que debemos plantearnos para solicitar una licencia de alquiler turístico 

- Conocer la normativa específica de la comunidad autónoma. Cada comunidad cuenta con un Decreto que regula diferentes tipos de alojamiento y modalidades, según si el alojamiento está en suelo rural, urbano o turístico.

- Presentar la documentación requerida. Varía según la comunidad autónoma e incluye justificaciones de propiedad, certificados de habitabilidad o seguros de responsabilidad civil. En algunos casos, un técnico debe validar las características de la vivienda.

- Registrar la actividad en el Registro de Turismo de la comunidad autónoma. Algunas comunidades registran automáticamente los alojamientos al conceder la licencia, mientras que en otras, el propietario o gestor es la persona encargada de hacerlo.

- Mantenerse actualizado con las regulaciones y leyes para evitar multas o sanciones

- Mantener estándares de calidad y respeto. Es esencial mantener ciertos niveles de calidad en el alojamiento y respetar la tranquilidad de los vecinos y la comunidad.

- Consultar los costes asociados. La tarifa para obtener una licencia varía según la región, el tipo de propiedad y la capacidad del inmueble en cuestión.

Proceso de obtención de la licencia turística

Según la comunidad autónoma donde se ubique el inmueble, el proceso de obtención de la licencia puede variar, pero en líneas generales se resume en:

- Declaración Responsable que nos compromete a conocer y cumplir los requisitos exigidos.

- Documentación que se requiere. Normalmente: certificado energético, pruebas de propiedad, licencia de primera ocupación y seguro de responsabilidad civil.

- Inspección y registro. En algunos casos, una inspección técnica previa y la inscripción en el Registro de Turismo de la comunidad autónoma correspondiente.

- Firma digital y certificado digital para poder presentar la documentación online.

Obtención de permisos municipales

Se están estableciendo normativas por las que cada municipio puede establecer unos límites y condiciones a los pisos turísticos en su demarcación según sus particularidades, así como la limitación cuantitativa en relación con la edificabilidad total de cada zona o municipio. Será necesario, por lo tanto, cumplir unas condiciones urbanísticas concretas en nuestra población para poder obtener los permisos municipales correspondientes.

Gastos de la licencia de alquiler vacacional

- El precio básico de la licencia pueden oscilar entre 30 euros y 120 euros, dependiendo de la comunidad autónoma y de los requisitos específicos de cada una de ellas y del tipo de alojamiento que quiera obtener dicha licencia.

- Gastos de gestoría: si se requiere asistencia profesional para la tramitación.

- Tasas administrativas: pagos a la Administración Pública por la tramitación de la licencia.

- Adecuación del inmueble: inversiones necesarias para cumplir con los estándares de calidad y seguridad.

- Comisiones de plataformas: tarifas cobradas por OTAs (Online Travel Agencies) como Airbnb, Booking.com, Unsplash, etc.

- Publicidad y promoción: costes asociados a la comercialización del alojamiento en plataformas online.

  • La estadística IMIE Mercados Locales 1T 2025 de Tinsa by Accumin, nos muestra que el precio medio en España de la vivienda nueva y usada se incrementó un 7,5% interanual en el primer trimestre (+4,7% en términos reales, si se descuenta el efecto de la inflación).En diciembre 2024 el precio se encarecio un 1%.
  • Destaca el dinamismo experimentado por la ciudad de Madrid en el arranque del año, que se encarece un 6,1 % en tasa trimestral y sitúa en el 15,1 % el incremento de los precios en el último año.
  • Un total de 28 capitales presentan intensos aumentos de precio superiores al 5 %, frente a las 22 del trimestre previo. Tan solo en Ceuta (-0,4 %) y Melilla (-1,3 %) la vivienda es más barata que un año antes.
  • La tasa de esfuerzo desciende ligeramente al 34,9 % a nivel nacional, si bien supera el 50 % de la renta disponible en las capitales de Cádiz, San Sebastián, Madrid, Málaga y Barcelona.
  • Las provincias de Baleares, Madrid y Santa Cruz de Tenerife, y las capitales de Palma, Málaga, Madrid y Santa Cruz de Tenerife han superado los precios de la burbuja, según los datos de tasaciones, si bien al descontar el efecto de la inflación permanecen por debajo.

El precio medio de la vivienda nueva y usada en España se incrementó un 2,9 % trimestral y un 7,5 % interanual en el primer trimestre de 2025, hasta 1.902 €/m2, según refleja la estadística IMIE Mercados Locales a partir de las tasaciones realizadas por Tinsa by Accumin. En términos reales, descontando el efecto de la inflación, el aumento interanual fue del 4,7 %. Los mayores incrementos de precios se concentran en zonas turísticas, polos de empleo y municipios secundarios próximos a éstos, destacando especialmente la intensidad de la evolución de los precios en Madrid, sobre todo en su capital (+15,1 % interanual). El precio de la obra nueva es un 44% más cara que la de segunda mano.

Las capitales de provincia que más han acusado la subida de precios desde el 2020 han sido la Comunidad Valenciana (80,77%), Málaga (79,72%), Madrid (77,50%), Alicante (75,84%) Palma de Mallorca (71,04%) o Santa Cruz de Tenerife (70,40%). En 2023 el precio de la vivienda se triplicó en CCAA como Baleares y Madrid

En Barcelona y Madrid, donde el precio medio de un inmueble de 90 m2 es de 498.617 euros y 609.944 euros, respectivamente, comprar una vivienda en un municipio del extrarradio es hasta un 50% más barato: en Montcada i Reixac o Coslada no llega ni a los 230.000 euros.

"El incremento sostenido del precio de compraventa en las capitales ha generado un desplazamiento de la demanda hacia las periferias, impulsando a su vez su encarecimiento, lo que derivará en un problema de acceso a la vivienda en los extrarradios", explica el director de Estudios de pisos.com, Ferran Font.

El incremento del precio de compraventa de inmuebles a lo largo del último lustro ha sido generalizado en las grandes ciudades, pero también en sus periferias. En casos como Cataluña, Madrid, y en menor medida en Valencia, comprar una vivienda en una ciudad cercana es hasta un 50% más barato. Sin embargo, en CCAA como Castilla-La Mancha o Castilla y León, este porcentaje disminuye en gran medida, con una variación del precio del m2 entre el 15% y el 30%, tal y como revelan desde el portal inmobiliario pisos.com.

Se pretende crear un órgano técnico, académico y científico de carácter consultivo para las políticas de la vivienda. Sus expertos serán acordados por las asociaciones y colegios y entidades más representativas del sector de la vivienda.

Así mismo, será el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana el responsable de gestionar los suministros de información y recursos humanos y materiales con cargo en sus presupuestos.

Funciones del Consejo Asesor de la vivienda

El Consejo Asesor tendrá diferentes funciones, entre las que se encuentran:

- Asesoramiento sobre los planes y programas de ámbito estatal o en la implementación de medidas de simplificación y racionalización administrativas.

- Establecerse como espacio de reflexión y diálogo con los diferentes actores y sectores involucrados en la vivienda.

- Proponer actuaciones o instrumentos para asegurar o, en su caso, acelerar, la existencia de un parque edificado "adecuado y suficiente" de vivienda en alquiler, compra o en régimen de cesión en uso, tanto público como privado.

Composición del Consejo Asesor de la Vivienda

Formarán parte del Consejo:

- La persona titular del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana
- Representantes de cada una de las organizaciones sindicales, empresariales y profesionales más representativas en el ámbito estatal.
- Representantes de cada una de las entidades del tercer sector y organizaciones sin ánimo de lucro de ámbito estatal cuyo objeto esté relacionado con el derecho a la vivienda.
- Representantes de las entidades financieras en el ámbito estatal,
- Representantes de las asociaciones representativas de la propiedad urbana.
- Profesionales expertos de reconocido prestigio en el ámbito de la vivienda, y en el ámbito universitario y de la investigación.

El Consejo se reunirá al menos una vez por semestre y siempre que el ejercicio de sus funciones lo requiera, y elaborará una memoria anual sobre las actividades desarrolladas en cumplimiento de sus funciones, que el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana publicará en el primer semestre del año siguiente.

Todos los integrantes serán nombrados por un período de dos años, prorrogables por el Ministerio.

Con el objetivo de mejorar los plazos y la agilidad del servicio público, el Ministerio de Justicia ha empezado a implantar las comunicaciones electrónicas, bidireccionales y automáticas, con los Registros de la Propiedad de las CCAA que no tienen transferencia de competencias públicas, es decir ,Extremadura, Murcia, Islas Baleares, Castilla-León, Castilla-La Mancha, las ciudades autónomas de Melilla y Ceuta y Asturias. Los juzgados podrán intercomunicarse con los Registros de la Propiedad de Bienes Muebles y Mercantiles, a través del Sistema de Interconexión de Registros (SIR).

El sistema de interconexión pretende solventar la gran desagregación que existe respecto a los datos jurídicos de las viviendas, codificados en cada registro de la propiedad. Se trata de alcanzar el reto de "ventanilla única estatal" con datos únicos y homologables con la zona euro, respecto a alquiler de temporada o de habitaciones, o a viviendas de uso  turístico, por ejemplo.

Desarrollo y funcionalidad del Sistema de Interconexión 

Se han venido haciendo una serie de pruebas piloto en la comunidad Murciana y por el método de "ensayo error ", se han conseguido comunicaciones electrónicas entre juzgados y registros con un plazo máximo de 60 minutos. Se trata de mandamientos judiciales que llegan con un solo clic a los registros de la propiedad y que estos reciben electrónicamente con todo su rastro de trazabilidad, sin necesidad de papel ni fax y mejorando la seguridad jurídica.

En el sistema de interconexión hacia los registros destacan utilidades como:

- Mandamientos de expedición de certificados de títulos
- Certificaciones de cargas sobre inmuebles
- Anotaciones preventivas de embargo o cancelaciones.

En sentido inverso, los juzgados podrán recibir de manera automática envíos realizados por los distintos registros, como por ejemplo:

- Comunicaciones registrales del asiento de presentación
- Notificaciones fehacientes del asiento de presentación,
- Avisos de estafas inmobiliarias o actividades posiblemente ilícitas.

Este sistema de interconexión entre juzgados y registros de la propiedad, enlaza directamente con la pretensión de la Comisión Europea de tener interconectada electrónicamente a toda Europa para 2026.
Las compraventas de viviendas suben un 12,5% interanual

En septiembre, las compraventas aumentaron un 12,5% interanual. Las viviendas unifamiliares (chalets) crecieron un 16,2%, mientras que los pisos lo hicieron un 11,4%. 

Septiembre con un 26% más de Hipotecas que en 2023

Tras la subida del 8,8% de hipotecas de viviendas firmadas en agosto, en Septiembre se firmaron 25.794 nuevas hipotecas, un 26% más que en 2023. Este es también el sexto repunte interanual consecutivo. A nivel nacional, el porcentaje de compraventas financiadas con hipotecas fue del 46,9%, ligeramente inferior al 52% de agosto. La cuantía media de las hipotecas fue de 154.264 euros, un 4,6% más que en 2023.

Los precios de los pisos subieron un 5,6% en septiembre

El precio medio de las viviendas vendidas aumentó un 4,2% interanual, alcanzando los 1.757 euros/m². Los pisos subieron un 5,6% (hasta 1.990 euros/m²), mientras que las viviendas unifamiliares lo hicieron un 2,4% (1.356 euros/m²).El aumento mensual de los precios medios de la vivienda en septiembre fue del +0,6 %.

En conclusión, el mercado inmobiliario español sigue mostrando signos de fortaleza, con un aumento tanto en las compraventas como en las hipotecas y los precios de las viviendas. El crecimiento continúa en la mayoría de las CCAA. Aunque el porcentaje de compras financiadas con hipoteca ha disminuido ligeramente, la mayor parte de las transacciones aún se realizan al contado. Los precios continúan al alza, impulsados principalmente por el aumento en la demanda de viviendas.
Se espera que la caída de los tipos de interés, la progresiva recuperación en la eurozona y unas previsiones demográficas más positivas impulsen la demanda residencial, lo que en un contexto de producción de vivienda relativamente limitada dará lugar a crecimientos del precio de la vivienda en el presente bienio.

Puntos clave

- El crecimiento de la economía europea continuará liderada por el consumo y se verá favorecida por los menores tipos de interés. En España, la recuperación se ha intensificado más de lo previsto, elevando la previsión de crecimiento del PIB en 2024 al 2,4%. En 2025 la economía crecerá el 2,1%.



- La venta de vivienda continúa mostrando la tendencia creciente iniciada a mediados de 2023 y en los primeros cinco meses de 2024 creció el 6,1. Igualmente, los visados de obra nueva comenzaron el año al alza (14,8% a/a entre enero-mayo 2024), aunque el nivel es relativamente reducido. El desajuste entre oferta y demanda sigue alentando el crecimiento de los precios y en el 1T 2024 crecieron el 4,3% a/a.

- Se espera que la caída de los tipos de interés, la progresiva recuperación en la eurozona y unas previsiones demográficas más positivas den lugar a una demanda residencial más elevada. La venta de viviendas podría crecer el 5,0% en 2024 y elevarse hasta las casi 700.000 unidades en 2025.

- Se prevé que el nivel de actividad comience a reaccionar con algo más de intensidad a partir de 2024, cuando la firma de visados alcanzaría las 120.000 unidades, y prosiga en 2025 con un avance de la iniciación de vivienda nueva en torno al 15%.

BBVA-Precio de la vivienda-España-2024


- La mayor actividad constructora no será suficiente para contrarrestar la presión de demanda, lo que llevará a los precios a crecer con más intensidad, en torno al 5% en promedio anual en ambos ejercicios.

El número de fincas transmitidas inscritas en los registros de la propiedad (procedentes de escrituras públicas realizadas anteriormente) en el mes de junio fue de 175.540, lo que supuso un 8,6% menos que en el mismo mes de 2023.


La tendencia en 2024 está siendo muy irregular. Un ejemplo de ello es el récord que se batió en las compraventas de vivienda en el mes de Abril con un 18,3% respecto a abril 2023. La caída es continua, no obstante, pero cada vez más suave.


En el caso de las compraventas de fincas registradas, el número de transmisiones fue de 95.978, con una disminución anual del 8,9%.

       

Fincas transmitidas registradas según título de adquisición. Junio 2024


INE-Fincas transmitidas registradas según título de adquisición

         INE-Fincas transmitidas registradas según título de adquisición


Compraventas inscritas en los registros de la propiedad


El 86,9% de las compraventas registradas en junio correspondieron a fincas urbanas y el 13,1% a rústicas. En el caso de las urbanas, el 60,1% fueron compraventas de viviendas.


El número de compraventas de fincas rústicas bajó un 4,9% en junio en tasa anual y el de fincas urbanas un 9,4%. Dentro de estas últimas, las compraventas de viviendas registraron una disminución anual del 6,1%.


Compraventas registradas por naturaleza de la finca. Junio 2024


INE-Compraventas registradas por naturaleza de la finca

     INE-Compraventas registradas por naturaleza de la finca


Compraventas inscritas en los registros de la propiedad


El 92,7% de las viviendas transmitidas por compraventa en junio eran libres y el 7,3% protegidas.


En términos anuales, el número de viviendas libres transmitidas por compraventa disminuyó un 5,6% y el de protegidas un 11,9%.


El 20,4% de las viviendas transmitidas por compraventa en junio eran nuevas y el 79,6% usadas.


El número de operaciones sobre viviendas nuevas aumentó un 0,9% respecto a junio de 2023, mientras que el de usadas se redujo un 7,8%.


Número de compraventas de viviendas registradas. Junio 2024


INE-Número de compraventas de viviendas registradas. Junio 2024     

INE-Número de compraventas de viviendas registradas. Junio 2024


Resultados por comunidades autónomas


Aragón (8,8%), Comunidad Foral de Navarra (6,6%) y Cantabria (1,4%) registraron las tasas anuales de variación más elevadas en junio en el número total de fincas transmitidas.


Por su parte, País Vasco (-17,9%), Comunidad de Madrid (-13,1%) y Principado de Asturias (-12,4%) presentaron las tasas anuales más bajas.


Atendiendo a las compraventas de viviendas registradas, las comunidades autónomas que presentaron los únicos aumentos fueron Galicia (10,0%), Región de Murcia (6,0%) y La Rioja (0,3%).


Por su parte, Canarias (-20,1%), Illes Balears (-17,6%) y Aragón (-14,2%) registraron los mayores descensos.


Variación anual del número de compraventas de viviendas por comunidades autónomas. Junio 2024 (%)

INE-Variación anual del número de compraventas de viviendas por comunidades autónomas

 INE-Variación anual del número de compraventas de viviendas por comunidades autónomas


En definitiva, la compraventa de viviendas sigue estabilizándose en 2024, superando poco a poco los terribles datos de 2023.


En el caso de las compraventas de fincas registradas, el número de transmisiones fue de 113.777, con un crecimiento anual del 37,7%.

Compraventas inscritas en los registros de la propiedad

El 89,1% de las compraventas registradas en septiembre correspondieron a fincas urbanas y el 10,9% a rústicas. En el caso de las urbanas, el 61,0% fueron compraventas de viviendas.
El número de compraventas de fincas rústicas aumentó un 16,9% en septiembre en tasa anual y el de fincas urbanas un 40,8%. Dentro de estas últimas, las compraventas de viviendas registraron un aumento anual del 41,5%.

Compraventas inscritas en los registros de la propiedad

El 92,4% de las viviendas transmitidas por compraventa en septiembre eran libres y el 7,6% protegidas.

En términos anuales, el número de viviendas libres transmitidas por compraventa aumentó un 41,3% y el de protegidas un 43,6%.

El 20,2% de las viviendas transmitidas por compraventa en septiembre eran de obra nueva y el 79,8% de segunda mano.

El número de operaciones sobre viviendas nuevas aumentó un 54,9% respecto a septiembre de 2023 y el de usadas un 38,4%.

Compraventas inscritas en los registros de la propiedad en el mes de noviembre

El número de fincas transmitidas inscritas en los registros de la propiedad (procedentes de escrituras públicas realizadas anteriormente) fue de 188.850, lo que supuso un 5,0% más que en el mismo mes de 2023.

El 87,1% de las compraventas registradas en noviembre correspondieron a fincas urbanas y el 12,9% a rústicas. En el caso de las urbanas, el 59,2% fueron compraventas de viviendas.

El 22,7% de las viviendas transmitidas por compraventa en noviembre eran obra nueva y el 77,3% de segunda mano. Asimismo, si comparamos respecto al mismo mes del año anterior (noviembre 2023), estas aumentaron también un 37,4% viviendas de obra nueva y las de segunda mano fueron 9,8 %.

El 92,4% de las viviendas transmitidas eran de régimen libre y el 7,6% correspondían a vivienda protegida.

Compraventas inscritas en los registros de la propiedad año 2024

En términos anuales, el número de viviendas libres transmitidas por compraventa aumentó un 14,5% y el de protegidas un 21,4%.

El número de compraventas de fincas rústicas también aumentó un 4,0% y el de fincas urbanas un 12,8%. Dentro de estas últimas, las compraventas de viviendas registraron un aumento anual del 15,0%.

En el caso de las compraventas de fincas registradas, el número de transmisiones fue de 105.211, con un crecimiento anual del 11,6%.

  • El número de hipotecas sobre viviendas inscritas en los registros de la propiedad fue de 38.058, un 11,0% más en tasa anual.
  • El importe medio de las hipotecas sobre viviendas aumentó un 11,9% y se situó en 152.233 euros.
  • El tipo de interés medio en las nuevas hipotecas sobre viviendas se situó en el 3,08%.

Según las estadísticas del INE sobre hipotecas en enero 2025, el número de hipotecas constituidas sobre viviendas fue de 38.058, un 11,0% más que en enero de 2024. El importe medio de estas operaciones fue de 152.233 euros, con un aumento del 11,9%. Las hipotecas siguen creciendo; ya en Octubre de 2024 las hipotecas habían crecido un llamativo 60,8% interanual .

El importe medio de las hipotecas sobre el total de fincas inscritas en los registros de la propiedad (procedentes de escrituras públicas realizadas anteriormente) aumentó un 6,4%.

El euríbor inició su caída progresiva en diciembre de 2023, pero el euríbor bajó al 4,25% en junio de 2024, dándose una lenta espera desde febrero a junio y bajando ya definitivamente en julio y agosto hasta el 3,2% con que cerrará agosto.

Evolución del euríbor 2023-2024


Las subidas continuadas del BCE fueron inflando el euríbor de un 0.5% en 2022 a un 4,073% en agosto de 2023. Ahora la situación es diferente. En 2023, una hipoteca media de 150.000 euros, a 25 años y a un interés de euríbor más un diferencial del 1% tenía una cuota mensual de 883,28 euros, lo que suponía 10.599,36 euros al año. A día de hoy, sin embargo, esa misma hipoteca media situaría su cuota en los 810,17 euros al mes, lo que supone 9.722,04 euros al año. Las hipotecas han descendido 73,11 euros al mes, por lo tanto, 877,32 euros menos al año.

El resto del año va a depender de las decisiones del BCE, es decir, el valor de las hipotecas dependerá del precio al que se presten dinero los bancos. La próxima decisión del BCE sobre la bajada de los tipos de interés será en septiembre y es difícil predecir con exactitud cómo acabará 2024, pero lo normal será que el euríbor siga bajando.

Hipotecas sin vinculaciones e hipotecas bonificadas

Además de la influencia del euríbor en las hipotecas ya implementadas, también influirá en las nuevas hipotecas que ofrecen los bancos, que van remodelando su oferta comercial. Se observa por los expertos una rebaja media del 0,33% en la TAE en hipotecas sin vinculaciones y del 0,39% en las que piden la contratación de otros productos, desde febrero a agosto. No obstante, las hipotecas bonificadas, obligadas en algunos casos por los bancos, supondrán un gasto anual extra de 600 euros. Algunos bancos podrían ofrecer a finales de año tipos de interés hipotecario por debajo del 3%.
Condiciones y requisitos de los avales ICO

El aval ICO tiene un carácter gratuito tanto para la entidad bancaria como para el cliente, pero solo se suscribe bajo unos requisitos y con unas características muy concretas:

- Las personas que lo soliciten no deben superar los 37.800 euros brutos al año de ingresos (4,5 veces el IPREM). Los avales cubren hasta el 20% del préstamo y el 25% en caso de calificación energética "D" de la vivienda.

- El límite de ingresos para poder solicitar el aval podrá aumentarse 0,3 veces por cada menor a cargo que exista, y podrá incrementarse un 70% en familias monoparentales.

- La formalización de los préstamos bajo estos avales podrá realizarse hasta el 31 de diciembre de 2025 o ampliarse hasta 2027 por convenio establecido.

- La vigencia del aval será de 10 años, más allá de plazos de vencimiento del préstamo mayores de 10 años o periodos de carencia acordados por el banco.
  • Por primera vez, APCEspaña, CNC, CSCAE y CGATE elaboran conjuntamente un decálogo que apunta a lograr un Pacto de Estado por la Vivienda.
     
  • Esta iniciativa ha sido impulsada por Construmat, el Salón Internacional de la Construcción, que se celebrará en Barcelona del 20 al 22 de mayo. 

La escasez de vivienda en España se ha convertido en uno de los mayores retos que afronta el país. La limitada oferta para alquiler o compra junto con el incremento de los precios están tensionando el mercado, siendo ya la principal preocupación de los españoles, según el CIS. Para abordar esta problemática, las entidades más representativas del sector de la edificación se han unido, por primera vez, para presentar un conjunto de soluciones efectivas.

Impulsado por Construmat, el Salón Internacional de la Construcción, el documento, que recoge estas medidas bajo el título "Una mirada constructiva. Decálogo para abordar la escasez de vivienda en España", ha sido presentado en un acto en la sede de la CNC, en el que han participado Xavier Vilajoana, presidente de la Asociación de Promotores Constructores de España (APCEspaña), Pedro Fernández Alén, presidente de la Confederación Nacional de la Construcción (CNC), Marta Vall-llossera, presidenta del Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España (CSCAE), Alfredo Sanz Corma, presidente del Consejo General de la Arquitectura Técnica de España (CGATE) y Roger Bou, director de Construmat.

El presidente de Construmat, Xavier Vilajoana, ha resaltado la importancia del documento y su elaboración conjunta: "el decálogo recoge los principales focos sobre los que es imprescindible pasar a la acción de manera inmediata, además de lograr un Pacto de Estado para mejorar el acceso a la vivienda de las familias en España". El también presidente de APCEspaña ha reclamado seguridad jurídica y ha recordado el papel clave del sector privado en la construcción de viviendas, tanto libres como asequibles y de protección oficial en nuestro país: "Más del 80% de las viviendas protegidas edificadas en España en los últimos 10 años las han hecho empresas promotoras constructoras privadas. Y si queremos seguir ampliando esta parte del parque, las administraciones deben contar con el sector privado, que es el que tiene el músculo y capacidad para poder dar respuesta a las necesidades de vivienda presentes y futuras", ha insistido Vilajoana.


Desde el Ministerio de Economía y Vivienda señalan que «De acuerdo con ello, el INE publicará mensualmente el índice de referencia que se utilizará como límite para la actualización anual de los contratos de arrendamiento de vivienda, expresado con dos decimales, utilizando los últimos datos mensuales disponibles». 

El IRAV  regulará los contratos de arrendamiento posteriores al 25 de mayo de 2023, que es cuando entró en vigor la Ley de la Vivienda. Los contratos firmados con anterioridad serán regulados con el método anterior, es decir, a partir del IPC, el IGC, o lo pactado por propietario e inquilino en el contrato. Este índice establece ya una metodología definitiva para regular los precios de alquiler, tras los límites del 2% y 3% en las subidas de las cuotas de alquiler en 2023 y 2024, que estableció el gobierno provisionalmente, como medidas ante las consecuencias económicas de la guerra de Ucrania.

Cálculo del Índice de Referencia de Arrendamiento (IRAV)

El IRAV es una propuesta conjunta de la Dirección General de Vivienda y Suelo del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana y de la Dirección General de Política Económica del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, en consideración a las circunstancias del mercado del alquiler de vivienda. El INE, para calcular el IRAV, básicamente tendrá en cuenta:

- La tasa de variación anual del Índice de Precios de Consumo (IPC)-Representa el aumento general de los precios en un periodo determinado.

- La tasa de variación anual del Índice de Precios de Consumo subyacente ?€?Excluye productos más volátiles como alimentos frescos y energía, proporcionando una medida más estable de la inflación. 

- La tasa de variación anual media ajustada - Se calcula con una fórmula que combina el IPC y el IPC subyacente, aplicando un coeficiente moderador de 0,5 y un valor base de inflación del 2%.

Escepticismo

Algunos expertos consideran que el límite a los precios de alquiler, además de llegar con retraso, podría retraer a los propietarios a la hora de ofrecer sus viviendas o forzarlos a elegir modalidades de alquiler temporal.  Para muchos, la medida podría repercutir en la oferta de viviendas que se vería frenada, acentuándose aún más el principal problema que padece el mercado inmobiliario en nuestro país.

Por su parte el secretario de Estado de Vivienda y Agenda Urbana, David Lucas, destacó, acerca del IRAV, que se trata de «Una herramienta para aportar más transparencia y dar seguridad a caseros e inquilinos» y cuya motivación fundamental es «evitar incrementos desproporcionados en la renta» y «salvaguardar los precios de los alquileres»

El Euríbor finaliza marzo con una media del 2,40% por segundo mes consecutivo, tan solo 4 centésimas por debajo de su media de febrero, pero con una media de 1,31 puntos inferior a marzo de 2024.

Con estas condiciones se mantiene una opción altamente rentable para que los hipotecados a tipo variable puedan ahorrar de media entre 150 y 280 euros al mes. Una vivienda de 200.000 euros que pagaba 1.000 euros de cuota hipotecaria con el euríbor actual se puede quedar en 870 euros, lo cual es un ahorro considerable.

Cuando se cumplen 5 años del inicio de la pandemia, el precio medio de una reforma de una vivienda en España ha pasado de 500 euros/m2 a la cifra actual de 750 euros/m2, lo cual supone una subida de más del 50% del precio desde el 2020. Las causas que subyacen a esta escalada en los costes en el sector de la construcción son la pandemia, la inflación y la subida del IPC consecuencia de la guerra de Ucrania.

El tiempo medio de una reforma de un inmueble de 70m2 en España ronda los 2 meses. En el caso de una compraventa cercana a su valor de mercado, el comprador está dispuesto a pagar un sobrecoste que responda al 20% extra que paga el inversor para reformar el inmueble y evitar así una reforma propia con plazos y presupuesto indeterminado y tener la posibilidad de entrar a vivir de inmediato.

La posibilidad de que el propietario afronte una reforma antes de vender su inmueble depende de varios factores. A mayor disponibilidad de tiempo y capacidad financiera  más posibilidad hay de que se haga una reforma, que puede resultar, a la hora de vender, muy rentable. Si hay prisa por vender y necesidad de liquidez ocurrirá lo contrario.

Una de las fuentes de ingresos que tenemos que incluir en la Declaración de la Renta 2024 para el pago del IRPF es la correspondiente a la venta de un inmueble, la cual puede suponer una pérdida o ganancia patrimonial.

La Agencia explica a los contribuyentes como debe rellenarse el borrador de la renta sin omitir ninguna información que pueda entorpecer el procedimiento.

La venta de un inmueble en la Renta 2024-2025 paso a paso.

  • El primer paso es entrar al borrador de la Renta, en Renta Web, y rellenar los "Datos identificativos".
  • Accedemos entonces al "Resumen de Declaración" donde buscaremos el apartado en el que adjuntar nuestra información económica sobre la venta de la vivienda. Esto podemos hacerlo desde "Buscar casilla" y "Apartados declaración"  o desde navegación por flechas. Llegaremos al apartado "Datos económicos" y dentro de él ´Ganancias y pérdidas patrimoniales´ y elegiremos ´Inmuebles´.

Una de las fuentes de ingresos que tenemos que incluir en la Declaración de la Renta 2024 para el pago del IRPF es la correspondiente a la venta de un inmueble, la cual puede suponer una pérdida o ganancia patrimonial.

La Agencia explica a los contribuyentes como debe rellenarse el borrador de la renta sin omitir ninguna información que pueda entorpecer el procedimiento.

La venta de un inmueble en la Renta 2024-2025 paso a paso.

  • El primer paso es entrar al borrador de la Renta, en Renta Web, y rellenar los "Datos identificativos".
  • Accedemos entonces al "Resumen de Declaración" donde buscaremos el apartado en el que adjuntar nuestra información económica sobre la venta de la vivienda. Esto podemos hacerlo desde "Buscar casilla" y "Apartados declaración"  o desde navegación por flechas. Llegaremos al apartado "Datos económicos" y dentro de él ´Ganancias y pérdidas patrimoniales´ y elegiremos ´Inmuebles´.
Es decir, la Ley obliga al pago en depósito del inquilino al propietario de un mes de fianza por arrendamiento que será depositado en la entidad pertinente, para reparar posibles desperfectos o impagos de la renta. Si no se producen estos desperfectos la fianza deberá ser devuelta a la conclusión del contrato de arrendamiento en un mes de plazo desde la entrega de llaves. Y si el propietario tarda más de un mes en entregarla, se podrá reclamar intereses.

Razones por las que podemos perder la fianza del alquiler

En algunos casos que se reflejan en los contratos de alquiler puede estar permitida la no devolución de la fianza al arrendatario. Veamos diversas situaciones donde esto sería lícito:

Daños en la vivienda alquilada

Los contratos de alquiler deben tener una cláusula donde esté detallado el estado de la vivienda incluyendo fotografías de muebles, pintura, electrodomésticos, etc. Si hubiera algún desperfecto posterior al inicio del contrato de alquiler y estos desperfectos conllevaran gastos para el propietario, la fianza podría ser no devuelta.

Para cerrar el compromiso de arrendamiento debe hacerse una inspección conjunta del por parte de propietario e inquilino y registrar con imágenes el estado del inmueble. En caso de reclamación por desperfectos habría que acogerse a los artículos 1555 y 1556 del Código Civil.

Vivienda sucia al finalizar el contrato

El propietario tiene derecho a utilizar la fianza para compensar gastos de limpieza y mantenimiento de una vivienda que ha sido entregado en mal estado en este sentido.

Abandonar el piso de alquiler antes de lo fijado en el contrato

La Ley de Arrendamiento Urbanos (LAU) es clara e indica que el casero podrá no devolver la fianza si el inquilino abandona la vivienda prematuramente si se ha pactado en el contrato: "El arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento, una vez que hayan transcurrido al menos seis meses, siempre que se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días. Las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, deba el arrendatario indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización".

Obras y reformas sin permiso en el piso de alquiler

Cualquier cambio en el inmueble alquilado sin el permiso por escrito del propietario puede también conllevar la no devolución de la fianza. La sustitución del suelo, cambio de muebles, obras en el baño o la cocina o incluso pintar la casa pueden ser un motivo para perder la fianza.

Impagos de las rentas del alquiler

Lo normal en los contratos de arrendamiento es que especifiquen la retención de la fianza si existen rentas de alquiler impagadas. Pero la fianza no debe utilizarse para pagar la última renta de alquiler ya que si hubiera desperfectos el propietario puede reclamar judicialmente la renta impagada.

La vivienda se entrega en buen estado pero no se devuelve la fianza

La fianza debe ser devuelta por el propietario que no puede retener parte de ella. En caso de indemnización deberá demostrarlo con pruebas como facturas de arreglos de desperfectos o recibos. El propietario tiene la obligación de  solicitar al organismo de depósito de la fianza el reingreso de esta y devolvérsela como muy tarde en un mes al inquilino. En caso contrario el arrendatario podría reclamar el importe más el interés legal devengado
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Sin duda, uno de los principales beneficios de trabajar con GRUPINSA es que la propiedad se encuentre visible a un público amplio y variado, aumentando significativamente tus posibilidades de encontrar el comprador.

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Desde la aprobación de la Ley 12/2023 de la vivienda el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 está persiguiendo a diversas agencias inmobiliarias por supuestas prácticas profesionales ilícitas, tras las denuncias reiteradas de Facua, del Sindicato de Inquilinas-CECU, y la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).

Hace tres meses el Ministerio abrió expediente sancionador en el ámbito de la vivienda, a una plataforma dedicada al alquiler de viviendas turísticas, Airbnb, por anunciar miles de viviendas sin licencia turística. Ahora el expediente sancionador ha sido contra Alquiler Seguro por posibles prácticas abusivas contra inquilinos en la gestión del alquiler. Además, se están investigando a otras compañías por cobrar comisiones ilegales y obligar a los inquilinos a contratar servicios no solicitados, por establecer la obligación de contratar seguros o exigir a inquilinos el pago de fianzas desproporcionadas, que asuman garantías adicionales o que tengan que pagar mensualidades adelantadas.

Las agencias muestras a veces información falsa o información que, aun siendo veraz, puede inducir a error a los destinatarios, por su contenido o presentación. La falsa información puede atentar contra el Artículo 5 de la Ley de Competencia Desleal. Un ejemplo de esto sería anunciar una oferta inmobiliaria como proveniente de un particular y ser realmente iniciativa de una empresa.